El artículo 28 de la Carta Orgánica del Instituto de Previsión Social (IPS) establece que los fondos destinados a inversiones financieras deberán tener un rendimiento similar al de las tasas pasivas de interés vigentes en el sistema bancario en el momento de formalizarse la operación, y estarán orientados “principalmente a apoyar el sector productivo”. Esto, incluso, se reproduce en algunas de las resoluciones internas de la previsional donde dice que los bancos beneficiados con…
Leer la nota completa: Aquí
Fuente: Abc Color – www.abc.com.py
