La sanción aplicada por Sedeco contra Tupi ahora ratificada por el Tribunal de Cuentas, primera sala, fue dictada el 3 de julio del 2021, y consistió en la aplicación de una multa de 500 jornales mínimos para actividades diversas no especificadas, por violación de los artículos 15 y 21 incisos b y r de la Ley 6.534/20 de Protección de Datos Personales y a la publicación de la resolución del sumario.
Por unanimidad, los magistrados Martín Ávalos, Rodrigo Escobar y Gonzalo Sosa Nicoli rechazaron la demanda contencioso administrativa impulsada por Tupi.
“En este caso en particular, según consta en autos, se ve claramente que la demandante tomó intervención en el proceso, siguió su curso favorable el mismo, realizó todas las diligencias correspondientes, las notificaciones se realizaron correctamente a todas las partes,…
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py