Si te pillan haciendo pipí en la calle amóntema tu billetera porque la Muni de Asunción recuerda a la perrada la ordenanza municipal 5/11 que en su artículo 8 prohíbe la realización de necesidades fisiológicas en sitios no sanitarios y en caso de no cumplirlas la multa va entre 10 y 300 jornales, unos G. 29.426.700.
El documento expresa: “Queda terminantemente prohibida la realización de necesidades fisiológicas, en sitios que no sean sanitarios, ya sean estos sitios públicos o privados habilitados. Quedan prohibidas las tareas de limpieza y mantenimiento de baños móviles que generen inconvenientes a los vecinos. La Intendencia Municipal deberá reglamentar el mecanismo que se utilizará para hacer efectiva esta prohibición”.
La multa establecida por incumplir esta ordenanza es considerada grave, lo que implica un…
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Fuente: Diario Popular – popular.com.py