El Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº 7052, con fecha 12 de enero, por la cual “reglamenta los artículos 146, 147, y 149 de la Constitución Nacional, de la nacional paraguaya múltiple”. El 12 de diciembre último, la Cámara de Diputados sancionó el proyecto de ley. El Senado lo aprobó el 10 de noviembre pasado.
La norma garantiza que paraguayos radicados en otro país no pierdan la nacionalidad, salvo expreso deseo propio. Además, asegura que hijos de connacionales nacidos en el exterior puedan acceder a la nacionalidad paraguaya. La iniciativa busca clarificar algunos conceptos sobre la nacionalidad paraguaya múltiple, sobre todo garantizando que el compatriota mantenga los derechos como paraguayo, pese a estar radicado en otro país.
Si bien la propia Constitución garantiza el derecho a preservar la nacionalidad, salvo…
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py