Las organizaciones políticas que pugnarán en los citados comicios podrán realizar la socialización de sus candidaturas a través de propagandas en la vía pública, hasta las 23:59 hs del 27 de abril, 48 horas antes de la realización de la jornada cívica.
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Con respecto a las prohibiciones la legislación vigente dispone que: no se puede realizar propaganda electoral en puentes, edificios públicos, monumentos, señales de tránsito y pavimentos, además de los lugares prohibidos por ordenanza municipal.
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Queda a la vez prohibido el uso de inmuebles privados siempre que no exista una autorización del propietario. La propaganda no debe inducir a engaños o confundir al…
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Fuente: HOY PY – www.hoy.com.py