Las instituciones educativas privadas y subvencionadas que nieguen los exámenes a los alumnos por mora de cuotas u otros aranceles se exponen a sumario o sanciones pecuniarias —multa—, conforme a lo que establece la Ley N° 5.738 “que garantiza el derecho del niño y del adolescente que estudia en instituciones educativas de gestión privada”.
“Los colegios y directores pueden ir a sumario administrativo y a grandes sanciones pecuniarias”, advirtió la directora general de…
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py