Atome Paraguay S.A. con mucho fundamento podría recurrir al Poder Judicial paraguayo y pedir “no innovar” en materia tarifaria, dado que el contrato firmado con la ANDE establece la tarifa de suministro que corresponde a la Categoría 620, muy alta tensión del Pliego de Tarifas N.º 21 vigente y no de electrointensiva, advierten en la nota presentada a la CGR.
“La ANDE tiene una experiencia negativa en el caso de CLYFSA, según decidió el Poder Judicial, el que entendió, ante su reclamo en el 2017 que no podía haber un reajuste abrupto entre el Pliego N.º 20 y el N.º 21 y hoy CLYFSA paga, acción judicial mediante, su energía según el Pliego N.º 20, como bien sabe la ANDE y para grave daño patrimonial de ésta y del Estado paraguayo”,
Recordaron que en diciembre de 2022 solicitaron a la CGR revisar el contrato entre…
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py