La Ley 54/15 menciona que las personas con antecedentes judiciales que adeudan en concepto de prestaciones alimentarias a sus hijos no podrán gestionar la licencia de conducir en las oficinas de tránsito de la Comuna.
La Municipalidad de Asunción recordó este febrero que dicha normativa está vigente, por lo que los padres deudores de la prestación no podrán siquiera revalidar sus licencias.
Sin embargo, existe un cuestionamiento que parte de la Comuna y tiene relación con la aplicación de la normativa. El director de Tránsito de la Municipalidad de Asunción, Fernando Machuca, explicó que la ley no es clara y no tiene un protocolo de aplicación para las distintas variantes con respecto a la expedición de licencias.
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py