El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) lanzó un comunicado en el que recuerda que todas las instituciones educativas privadas tienen prohibido “denegar el derecho a exámenes parciales o finales” o “retener las libretas de calificaciones”, en caso de mora en el pago por los servicios educativos.
Asimismo, en el marco del cumplimiento de la Ley N° 5738/16, las escuelas y colegios privados “no podrán hacer público el estado de cuenta de las cuotas y aranceles educativos; hacer decaer los plazos de las cuotas y aranceles educativos no vencidos”, ni “establecer cualquier otra medida que pudiera afectar el derecho a la permanencia y acceso oportuno a la educación”.
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py