La normativa propuesta establece que el senador vitalicio no será remunerado, no tendrá inmunidad más allá de sus opiniones, tendrá voz (excepto en temas de su administración) pero no voto, podrá presentar proyectos de ley, pedidos de informes y declaraciones, y podrá participar en sesiones ordinarias, extraordinarias y en las reuniones de comisiones.
La condición de senador vitalicio se adquiere inmediatamente luego de la culminación del mandato, salvo que se exprese lo contrario. En tanto que se prevé que los expresidentes de la República puedan perder la investidura por las mismas causales que los senadores electos.
Los mismos tendrán las mismas incompatibilidades que los senadores activos, tales como formar parte de empresas que exploten servicios públicos o tengan concesiones del Estado. Además pueden ser…
Leer la nota completa: Aquí
Fuente: HOY PY – www.hoy.com.py