De esta forma, mientras los empleados públicos tendrán garantizado que los descuentos no superen el 50% de sus ingresos, los trabajadores privados quedan sin resguardo legal equivalente, a pesar de enfrentar las mismas situaciones de endeudamiento o embargo.
El artículo central del proyecto establece que: “Los descuentos compulsivos derivados de créditos o embargos no podrán exceder el 50% de los ingresos mensuales del funcionario público, siempre que se trate de conceptos debidamente…
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py
