Las organizaciones políticas que participarán de los comicios de diciembre están obligadas a cumplir con el plazo de la propaganda electoral dispuesto en el Art. 290 de la Ley 834/1996 que establece el Código Electoral.
De acuerdo al Cronograma Electoral establecido para las elecciones nacionales, para las internas simultáneas se podrá efectuar la difusión de planes y precandidaturas desde el 16 de noviembre en la vía pública y desde el 6 de diciembre en los medios de comunicación.
De esta manera, a partir de la quincena de noviembre los diferentes partidos y movimientos podrán estarán autorizados a la exposición de pasacalles, pintatas y afiches con las fotografías, listas…
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Fuente: HOY PY – www.hoy.com.py