
De acuerdo con el artículo 234 del Código del Trabajo, las personas que trabajan durante los feriados nacionales deben recibir un recargo del 100% sobre su salario habitual. Esto significa que la jornada desarrollada durante esa fecha debe ser abonada al doble de lo que corresponde en un día normal.
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El Ministerio de Trabajo hizo énfasis en que esta compensación económica es obligatoria y debe pagarse en dinero, por lo que no puede ser reemplazada por un día de descanso compensatorio ni por otro tipo de beneficio.
Dónde reportar irregularidades
Asimismo, la institución instó a los empleados a verificar que se cumpla este derecho y recordó que quienes no reciban el pago correspondiente pueden presentar una denuncia a través del WhatsApp habilitado para reclamos laborales: (0993) 308 100.
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py




