El director de Financiamiento Político del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) dijo que es constitucionalmente inviable modificar el tiempo que dura el mandato de los intendentes, debido a que en el artículo 1 de la Constitución Nacional se establece un contrato social entre las autoridades electas y los electores y este no puede ser modificado de forma unilateral.
Además, explicó que hay muchas cuestiones logísticas, técnicas, etcétera, que hacen que no sea factible…
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py