En el mismo sentido, existen otras normativas que siguen la línea de combate contra el fenómeno de la corrupción, dando cuenta del razonamiento contemporáneo ante las funciones precisas de los “funcionarios” que se desenvuelven en la comunidad extranjera. Es decir, a causa de los actos que conforman la corrupción, la Unión Europea ha registrado al sujeto con la identificación de “funcionario europeo”, por ser un funcionario y/o agente contractual con arreglo al estatuto de los…
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py
