El director de Contrataciones Públicas, Agustín Encina, explicó que lamentablemente, la nueva Ley 7021 de Suministros y Compras Públicas, establece en su artículo 14 que quedan excluidos del control de contrataciones públicas, las compras hechas por medio de organismos internacionales o de cooperación internacional como las Naciones Unidas.
Esto, debido a que entre los procedimientos excluidos de la normativa que establece la nueva ley 7021, se excluyen las compras derivadas de financiamiento de organismos internacionales.
El director aclaró que una cosa son los procedimientos excluidos de la Ley de Contrataciones, y otra cosa son los que no aparecen en la norma porque tienen su ley especial, como por ejemplo las binacionales.
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py