La notificación cursada al canciller Rubén Ramírez explica que el plazo de tres meses puede ser prorrogable si fuese necesario hasta un máximo de cuatro meses. “Se advierte la imposibilidad de otorgar solicitudes de prórrogas que excedan el plazo arriba indicado. El plazo de cuatro meses mencionado es improrrogable, de conformidad con el artículo 30(3) del Reglamento de la CIDH”.
La denuncia por supuesta violación de derechos humanos de Cabaña, radicada por el abogado Nelson López Ruiz en enero pasado, asegura que el tiempo en que Cucho permaneció en prisión fue ilegítima debido a que el plazo de duración máxima que la ley establece ha sido sobrepasado.
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“Consideramos que el señor Reinaldo Cabaña Santacruz se halla privado en forma…
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py