El aguinaldo es un derecho del trabajador y se puede calcular el monto a percibir según la antigüedad con que cuenta en su empleo, con el objetivo de denunciar en caso de que el empleador no cumpla, para que sea sancionado con una multa de 10 jornales mínimos por cada trabajador afectado.
La herramienta digital que pone a disposición la mencionada cartera de Estado se encuentra ingresando al enlace https://calculadoras.mtess.gov.py/agui/production/formaguinaldo.php, donde se completan los espacios que se solicita para la realización del cálculo.
El aguinaldo puede ser abonado hasta el 31 de diciembre o en el momento en que determine la relación laboral.
El monto equivale a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año “calendario” a favor del trabajador en todo concepto.
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py