El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) comunicó que las organizaciones políticas están obligadas a cumplir con el plazo de la propaganda electoral dispuesto en el Art. 290 de la Ley 834/1996 que establece el Código Electoral.
Acorde al cronograma electoral para las elecciones generales, para las internas simultáneas se podrá efectuar la difusión de planes y precandidaturas desde el 16 de noviembre en la vía pública y desde el 6 de diciembre en los medios de comunicación.
A tal efecto, los partidos políticos podrán realizar la propaganda electoral en la vía pública desde la fecha citada, para difundir mediante la exposición de pasacalles, pintatas y afiches sus…
Leer la nota completa: Aquí
Fuente: HOY PY – www.hoy.com.py