De acuerdo con la reglamentación concluida ayer por la tarde, los trámites para la aplicación de la sanción pasarán por varios pasos.
Una vez concluidas las elecciones, se abre un plazo de 120 días, para que la Dirección del Registro Electoral elabore una lista de ciudadanos que figuran en el padrón, pero que no fueron a votar el 30 de abril. La nómina incluirá departamento, distrito, zona, local y mesa de votación e incluso número de orden.
De esta nómina quedarán excluidos, por estar exentos de esta obligación, las siguientes personas: mayores de 75 años, residentes en el extranjero en cuyas ciudades no se habiliten mesas, los privados de su libertad por orden judicial, los magistrados electorales y los funcionarios del TSJE que trabajen el día de los comicios. Antes de hacer estas exclusiones, se podrá solicitar…
Leer la nota completa: Aquí
Fuente: HOY PY – www.hoy.com.py