El Código Electoral, a través de la ley 834/96 que define el Cronograma Electoral, indica que a las 00:00 de este 28 de abril ya no se puede realizar propaganda electoral.
Este periodo comenzó el 27 de febrero, fecha en que los partidos y organizaciones políticas podían iniciar la difusión de sus candidaturas a través de pasacalles, pintatas y afiches, tomando en cuenta el plazo de 60 días contados retroactivamente desde dos días antes de los comicios.
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En cuanto a los medios de comunicación, incluyendo periódicos, canales de televisión, radio, etc., la propaganda de los programas, planes y proyectos estuvo permitida desde el 29 de marzo.
Respecto al derecho a la propaganda electoral gratuita en los medios, el periodo se…
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Fuente: HOY PY – www.hoy.com.py