Según el abogado constitucionalista Hugo Estigarribia, el juramento de Carlos Liseras viola el artículo 196 de la Constitución Nacional, que establece incompatibilidades para ejercer funciones legislativas.
“El problema no es si cobra o no sueldo, sino que mantiene el vínculo con el Poder Ejecutivo”, explicó el jurista.
En ese sentido, subrayó que la norma es clara al señalar que los funcionarios públicos pueden ser electos, pero no pueden ejercer funciones legislativas mientras…
Leer la nota completa: Aquí
Fuente: Abc Color – www.abc.com.py
