El decreto 5306, que busca incorporar en el sector secundario de nuestro país las “industrias convergentes”, en su Art. 8° establece un plazo de 30 días calendarios para la realización “de los trámites administrativos necesarios para su implementación“.
El decreto 5307, que incluye en la política de desarrollo de las industrias convergentes “las iniciativas denominadas “Energía a X” o “Power to X”, en su Art. 6°, define que sus responsables tienen un plazo de 30…
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py
