Según informa la Cámara de Diputados, la compensación del Estado consistiría en el pago de una suma de dinero a razón de 20 salarios mínimos a ser desembolsados por única vez.
Uno de los artículos indica que “las documentaciones pertinentes para el desembolso deben ser solicitadas por el Ministerio de Hacienda y serán provistas por los interesados, debiendo justificar su condición de Estibador por medio de la documentación habilitante de la autoridad marítima competente”.
En la exposición de motivos se recuerda que el cierre definitivo del Puerto de Asunción se basó en varias causas: comerciales; edilicias; de tránsito; y la necesidad de convertir el puerto capitalino en un polo de desarrollo, como lo es en varias capitales del mundo; y que ello dejó sin trabajo a los estibadores, que por disposición de las…
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Fuente: HOY PY – www.hoy.com.py