El proyecto de ley “que modifica y amplia la ley N° 1016/1997, que establece el régimen jurídico para la explotación de los juegos de suerte o de azar”, tuvo entrada en Cámara Baja el pasado 4 de noviembre y originalmente no se planteó el “tratamiento de urgencia”, figura constitucional establecida en el artículo 210 de la Carta Magna, que ahora se planteó por iniciativa del Ejecutivo y obliga al tratamiento de Diputados antes del 4 de diciembre, de lo contrario tendrá…
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py