A través de la Resolución General N.º 17/24, del 29 de agosto pasado, la DNIT estableció que hasta el 31 de octubre no será aplicable la multa de contravención por confirmación tardía de la información de los comprobantes en el Sistema Marangatu.
La administración tributaria argumentó esta decisión señalando que tiene como objetivo primordial promover el cumplimiento voluntario de los contribuyentes y evitar la imposición de cargas administrativas y económicas innecesarias, por…
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Fuente: Abc Color – www.abc.com.py