La Ley N° 6.670, que crea el Instituto Nacional de Estadística (INE), establece en su artículo 39 que las multas en torno al Censo Nacional podrán alcanzar incluso los G. 20 millones en total, puesto que se habla de entre 20 y 200 jornales mínimos vigentes.
Hay cuatro tipos de infracciones establecidas en dicha normativa. Primeramente, pueden ser sancionados quienes nieguen u omitan datos. También hay multas para los que suministren datos fuera de los plazos, quienes se nieguen a subsanar los errores contenidos en los datos brindados o quienes falseen o adulteren dichos datos.
Dicha ley también señala que el INE podrá aplicar las sanciones considerando los daños o perjuicios, el carácter intencional o no, la gravedad de la infracción y la reincidencia del infractor.
¿Qué pasa si no participo del Censo 2022?: el INE responde
Leer la nota completa: Aquí
Fuente: Abc Color – www.abc.com.py